8 de marzo: día internacional de la mujer

 

El 8 de marzo de 1908, un suceso transcendental marcó la historia del trabajo y la lucha sindical en el mundo entero: 129 mujeres murieron en un incendio en la fábrica Cotton, de Nueva YorkEstados Unidos, luego de que se declararan en huelga con permanencia en su lugar de trabajo. El motivo se debía a la búsqueda de una reducción de jornada laboral a 10 horas, un salario igual al que percibían los hombres que hacían las mismas actividades y las malas condiciones de trabajo que padecían. El dueño de la fábrica ordenó cerrar las puertas del edificio para que las mujeres desistieran y abandonaran el lugar. Sin embargo, el resultado fue la muerte de las obreras que se encontraban en el interior de la fábrica. Ese mismo año, el 3 de mayo, se realizó un acto por el día de la mujer en Chicago, preámbulo para que el 28 de febrero de 1909, en Nueva York, se conmemore por primera vez el “Día Nacional de la Mujer”.

 

Con este antecedente, un año después, en 1910, se desarrolló la segunda Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas, en la capital danesa, Copenhague. El tema central fue el sufragio universal para todas las mujeres, y por moción Clara Zetkin, líder del “levantamiento de las 20.000”, se proclamó oficialmente el 8 de marzo como el Día Internacional de la Mujer Trabajadora, en homenaje a las mujeres caídas en la huelga de 1908.

Más cerca en el tiempo, en 1977, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) designó oficialmente el 8 de marzo el Día Internacional de la Mujer. Luego, en 2011, se celebró el centenario de la celebración, con la premisa de Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer (ONU mujeres).

 

Este 8M 2020, una cantidad innumerable de colectivos sociales en el mundo entero saldrán a las calles contra el patriarcado, que reproduce la desigualdad, y contra el capitalismo salvaje, que la alienta. Grupos, gremios, agrupaciones, fundaciones y ONGs del mundo entero se unen en la lucha y encabezan de forma auto convocada el Paro Internacional de Mujeres, con reclamos -entre otros, contra los femicidios, la brecha salarial, el acoso, las desigualdades en todas sus formas, y en pos -entre otros, de la igualdad, la libertad, derechos laborales, profesionales y personales.

 

3 de febrero del 2000: Fallece Guillermo Estevez Boero

Su gran aporte al Socialismo de Argentina, al realizar una correcta interpretación de la realidad nacional de su tiempo -década de 1960/1970-, logrando reinsertar al Partido Socialista en la realidad política, social y económica nacional, luego de su parálisis, a partir de la crisis generada con la fractura del PS en el año 1958.

Gracias a esta interpretación, el Socialismo se reencausó como parte de la vida política argentina. También, desde su juventud fue un militante y gran organizador. Construyendo una organización política con inserción en la juventud, en la sociedad, y en los trabajadores y trabajadoras.

Guillermo, siempre puso las convicciones políticas por sobre los intereses particulares, lo que contribuyó a la formación de un Partido con una generación muy importante de hombres y mujeres, que siguieron las ideas que hoy destacan en el Socialismo en general.

8 de enero de 1928: Fallece Juan B. Justo

 

Juan B. Justo (28 de junio de 1865 – 8 de enero de 1928)

Fundó el Partido Socialista en el año 1896. 

En abril de 1894 había fundado junto a un grupo de compañeros de ideas entre los que se contaban Augusto Kühn, Esteban Jiménez e Isidro Salomó, el periódico socialista La Vanguardia . Para afrontar los gastos vendió el coche que utilizaba en sus visitas de médico y empeñó la medalla de oro que le había otorgado la Facultad de Medicina. Justo escribía en el primer editorial de La Vanguardia: «hay que construir una alternativa política al pillaje y la plutocracia. Los Pereyra, los Unzué, los Udaondo, tan ricos que no tendrían por qué robar, son hoy los preferidos para los altos puestos públicos por los otros ricos, cuya única aspiración política es que sus vacas y ovejas se multipliquen sin tropiezos”.

La vida y la obra del doctor Juan B. Justo exceden el patrimonio político del Partido Socialista, porque forma parte hoy del acerbo moral de la República. Estuvo casado en segundas nupcias con una mujer extraordinaria, talentosa y vanguardista – la doctora Alicia Moreau de Justo – que fue su compañera hasta el día de su muerte y con la que tuvo tres hijos. La política era para Justo la actividad que puede transformar condiciones de injusticia existentes en la sociedad, posibilitando el desarrollo pleno de todas las potencialidades creadores del ser humano. Desarrolló las ideas del socialismo evolutivo, humanista, transformador, cooperativista, antidogmático, anti-sectario, laico y latinoamericano

11 de Octubre de 1885: Nace Alicia Moreau de Justo

Un 11 de octubre de 1885 nacía Alicia Moreau de Justo. Reconocida médica, dirigente del Partido Socialista, y directora de la revista “Humanidad Nueva” y del periódico “La Vanguardia”.

Su padre, de origen francés, intervino en la Comuna de París, en 1871, lo que determinó el exilio de la familia, que luego de recorrer varios países europeos se instaló en la Argentina en 1890.
En su juventud se dedicó a la causa feminista. En 1906, participó del Congreso Nacional del Libre Pensamiento, donde conoció a Juan B. Justo, y al año siguiente intervino en el Congreso Feminista del Comité Pro-Sufragio Femenino. En 1910 fue una de las organizadoras del Primer Congreso Feminista Internacional.

Esta férrea militante en las luchas feministas de principio de siglo XX, fue también fundadora del Ateneo Popular, el Centro Socialista Feminista, la Unión Gremial Femenina y la Unión Feminista Nacional. En 1932 elaboró un proyecto que quince años después sería uno de los pilares de la ley de sufragio femenino sancionada en 1947.

Alicia Moreau perteneció al grupo de seis mujeres que se inscribieron por primera vez en la Universidad de Buenos Aires (UBA) para estudiar medicina en Argentina, una época en la que la sociedad veía con rechazo que las mujeres estudiasen una profesión universitaria  graduándose en 1914, con diploma de honor. En 1918 fundó la Unión Feminista Nacional.  Mientras se desempeñaba en el Hospital de Clínicas, instaló un consultorio ginecológico en la calle Esmeralda, de la ciudad de Buenos Aires, para atender de forma gratuita a mujeres de bajos recursos y prostitutas.

Unos años después, se adhirió al Partido Socialista, poco antes de casarse con el político Juan B. Justo, con quien tuvo tres hijos. Tras la muerte de su esposo en 1928, continuó en la actividad política y en la defensa de la mujer, sobre todo en cuestiones relacionadas con el derecho al sufragio, los derechos laborales de los asalariados, la salud y la educación pública.

Además, incursionó en la denominada “Huelga de los inquilinos”, en donde se manifestó en contra de los elevados alquileres que imponían los conventillos; y apoyó “La marcha de las escobas”, una procesión de amas de casa que tenía como objetivo defender sus derechos por los barrios pobres de Buenos Aires.

En 1975 con 90 años de edad participó de la creación de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos. Esta asamblea desempeñó un importante papel de resistencia al terrorismo de Estado durante la última dictadura cívico militar que gobernó entre 1976 y 1983. En esos años, Moreau acompañaba a las Madres de Plaza de Mayo, a quienes consideraba ejemplo de mujeres valientes, en sus famosas rondas frente a la Casa de Gobierno y presentaba peticiones de libertad a la Junta Militar y a los jueces. En gesto de agradecimiento, el día de su 99º cumpleaños, le obsequiaron un pañuelo blanco, símbolo de las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo.

Autora de “Evolución y educación”, “La emancipación civil de la mujer”, “El Socialismo según la definición de Juan B. Justo”, “La mujer y la democracia”, entre otras obras, será siempre recordada como una de las mujeres que propició el voto femenino.

En el año 1985 fue declarada Ciudadana Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires. Murió en Buenos Aires en 1986.

 

 

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA CASOS DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN BASADA EN EL GÉNERO HACIA LAS MUJERES Y/O DISIDENCIAS SEXUALES.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA CASOS DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN BASADA EN EL GÉNERO HACIA LAS MUJERES Y/O DISIDENCIAS SEXUALES.

 

PARTIDO SOCIALISTA FEDERACIÓN SANTA FE

 

FUNDAMENTOS.

La violencia contra las mujeres y las identidades comprendidas en las disidencias sexuales sigue siendo una preocupación en las sociedades actuales.

Los diversos modos de ejercicio de esta violencia tienen su fundamento en estructuras desiguales de poder que generan, legitiman y reproducen la discriminación y la violación de los Derechos Humanos de las mujeres y las identidades disidentes, mediante el ejercicio de actos de control y disciplinamiento.

Es una de las manifestaciones más naturalizadas de la violencia social por su componente ideológico y cultural establecido por el orden patriarcal, y como tal, se practica bajo la complicidad del entorno familiar, social y político.

Poder visibilizar los orígenes de la violencia machista, las formas mediante las cuales se ejerce e identificar en la cotidianeidad tales actos, son los principales pasos para su erradicación.

El contexto social de ebullición de las demandas feministas, canalizadas por los movimientos de mujeres en diversas movilizaciones, el surgimiento del “Ni Una Menos”, los paros de mujeres y las diversas formas de organización y construcción feminista han dado el puntapié para que diferentes organizaciones de la sociedad civil, partidos políticos y los propios Estados generen protocolos de actuación ante casos de violencia de género.

Este protocolo de actuación nace con la intención de hacer visible las formas de violencia machista y contribuir a su erradicación, pero también de repensar la organización que queremos transformar y reconstruir.

El partido socialista tiene como meta crear una sociedad sin privilegios y sin relaciones de dominación, teniendo como base los principios de libertad, igualdad y solidaridad. Es aspiración de los y las socialistas formar una sociedad democrática donde cada persona pueda desarrollar su proyecto de vida con responsabilidad social.

Y en ese sentido ha expresado un compromiso concreto promoviendo legislación y políticas públicas que se inscriben en las demandas de los movimientos feministas y de las disidencias sexuales, siendo la organización política impulsora de las leyes de Matrimonio igualitario e Identidad de género, Legalización del aborto, Educación Sexual Integral y Prevención, sanción y erradicación de la violencia hacia las mujeres.

Ese objetivo no se cumple sin primero derribar las estructuras que generan desigualdades basadas en el género, para luego generar las condiciones de un nuevo socialismo, más horizontal, más plural, más democrático y libre de violencias.

No hay socialismo sin feminismo. No es posible la construcción de una sociedad plural, diversa, participativa, con mayor libertad e igualdad de oportunidades, si no modificamos las estructuras de opresión.

 

 

 MARCO NORMATIVO.

El presente protocolo tiene sustento en nuestra Constitución Nacional, en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, en particular: Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (1967), Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer – CEDAW (1979) y su protocolo facultativo (1999), Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (1993), Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer “Convención de Belém do Pará” (1994).

Asimismo, en la Ley N° 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, sancionada en el año 2009 y su posterior adhesión mediante la Ley Provincial N° 13.348 y su respectivo decreto reglamentario.

En esta última legislación cabe recordar que asume la definición de género de la propia ley de Identidad de Género, incluyendo por tanto en las medidas de protección a mujeres cisgenero, transgénero y de las disidencias sexuales.

Además, el presente protocolo de actuación encuentra sustento en las bases y principios del Partido Socialista y en la Carta Orgánica Provincial, que establece entre sus principios “…la democracia como forma de participación, la igualdad efectiva entre varones y mujeres, la representación de minorías en los órganos de dirección del partido en todos sus niveles…” todo lo cual se ve afectado ante actos discriminatorios y violentos contra mujeres e identidades disidentes.

Asimismo en los principios del Estatuto de las Juventudes Socialistas: “…La paridad de género es transversal a nuestros objetivos. No solamente bregamos por el respeto y avance de los derechos de las mujeres en todas las esferas de la sociedad, sino también por la participación en órganos de dirección y decisión al interior de las JS…”

 

VIOLENCIA DE GÉNERO. FORMAS.

La Ley N° 26.485 define como violencia contra las mujeres “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”.

Asimismo, el Decreto Provincial N° 4028 de 2013 que reglamenta la adhesión de la Provincia a la ley precitada, define a las mujeres como «aquellas personas que sienten subjetivamente su identidad o expresión de género mujer, de acuerdo o no al sexo asignado al momento del nacimiento, y de acuerdo a su vivencia interna e individual, incluyendo la vivencia personal del cuerpo y que puede involucrar o no la modificación de la apariencia o función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, cualquiera sea su orientación sexual, siempre que ello sea escogido libremente».

Hacemos propias las definiciones vertidas en dicha normativa, y los diferentes tipos de violencia que enuncian: física, psicológica, sexual, económica y patrimonial y simbólica.

 

1.- Física: La que se emplea contra el cuerpo de la mujer o identidad disidente produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física.

2.- Psicológica: La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación.

3.- Sexual: Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.

4.- Económica y patrimonial: La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de:

  1. a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes;
  2. b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales;
  3. c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna;
  4. d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.

5.- Simbólica: La que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.

      Asimismo creemos importante incorporar al presente protocolo la violencia política. Teniendo en cuenta la Ley Modelo Interamericana sobre Violencia Política, podemos establecer que dicha modalidad se manifiesta mediante “cualquier acción, conducta u omisión, realizada de forma directa o a través de terceros que, basada en su género, cause daño o sufrimiento a una o varias mujeres y que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos. La violencia contra las mujeres en la vida política puede incluir, entre otras, violencia física, sexual, psicológica, moral, económica o simbólica”.

También se encuentra incluida dentro de la ley 26.485 como una de las variantes de violencia institucional.

Podemos decir que la violencia política es un problema complejo y multicausal, que refuerza roles tradicionales de género, socavando la calidad de la democracia, el desarrollo y el pleno disfrute de los derechos humanos. A modo de ejemplo, constituye violencia política restringir el uso de la palabra, obstaculizar o anular la participación en espacios de toma de decisión.

Este panorama nos enfrenta a una serie de desafíos. Identificar las situaciones de abuso de poder o discriminación, desarrollar las herramientas para abordar dichas situaciones de acuerdo a la gravedad del caso tanto para trabajar con los y las involucradas en el caso concreto, como para trabajar en la formación y capacitación al interior de la organización, y acompañar a quienes sufrieron los hechos de violencia, mediante el acompañamiento político, psíquico y económico.

Sin lugar a dudas el protocolo es una herramienta para el abordaje en cada caso concreto que se plantee, pero la complejidad del problema y su multicausalidad indican que es responsabilidad de nuestra organización partidaria, generar otras herramientas que atiendan a esta particularidad y permitan transformar la cultura institucional y las prácticas al interior de nuestro partido. Es fundamental para ello, generar espacios orgánicos de debate, reflexión y trabajo en la prevención de la violencia de género desde el inicio de las trayectorias políticas y para el fortalecimiento de redes de mujeres y/o disidencias sexuales en política.

Como socialistas, también entendemos que las respuestas vienen de la mano de un proceso de asimilación individual del problema y de la voluntad de transformar esas prácticas, pero también de un discurrir colectivo, que importa un accionar político. La responsabilidad que nos toca es política, no jurídica.

 

OBJETIVOS.

Los objetivos del presente protocolo son:

– Proveer herramientas para el abordaje integral de las situaciones de violencia de género en el Partido Socialista

– Garantizar la disponibilidad de instancias de capacitación y formación en estudios de género y prevención de la violencia de género para todas las personas que integran el partido, con especial énfasis en las autoridades partidarias.

– Garantizar que todos los espacios de participación política partidaria sean ambientes libres de discriminación y violencia machista.

– Prevenir situaciones de violencia de género, preservando  los vínculos interpersonales y propendiendo a la modificación de las conductas cotidianas, particularmente en el ejercicio de la actividad política.

– Contribuir a una organización partidaria plural, diversa, democrática y libre de violencias.

– Generar acciones que transformen las prácticas partidarias machistas, para avanzar hacia una organización más igualitaria.

 

PRINCIPIOS RECTORES.

  • No revictimización: Se evitará la reiteración innecesaria del relato de los hechos, la exposición pública de la persona denunciante y datos que permitan identificarla.
  • Respeto y resguardo de la intimidad. Es fundamental el respeto a la dignidad e integridad de la persona que denuncia uno o más hechos de violencia, preservando principalmente su derecho a la intimidad, evitando la intromisión en aspectos que resulten irrelevante para el abordaje del caso, su identidad, la exposición pública y resguardando la voluntad de la persona en cuanto a las acciones que se puedan llevar a cabo y que la afecten de manera directa.
  • Contención, acompañamiento y asesoramiento de la persona afectada por la violencia machista: Es necesaria una escucha activa, evitando juzgamientos, preconceptos y prejuicios. El asesoramiento y acompañamiento se llevarán a cabo mediante la información adecuada y las medidas de protección integral a adoptar.
  • Discreción y confidencialidad: Está prohibida la difusión y/o circulación por cualquier medio de la denuncia realizada o de los dichos vertidos por la denunciante, a los cuales accederán únicamente los órganos intervinientes en el proceso de abordaje y la/s persona/s presuntamente responsable/s a fin de garantizar un ejercicio adecuado del derecho de defensa
  • Detección precoz y trabajo sobre la prevención: Resulta necesario generar acciones para prevenir la violencia machista, a través de espacios de formación, capacitación, diálogo, reflexión y debate político sobre la violencia de género, sus formas y sus consecuencias.
  • Prioridad partidaria para proveer un canal organizacional real y efectivo y garantizar derechos.
  • Análisis y respeto de la individualidad ante cada caso que deberá tomarse a partir de un abordaje integral con enfoque interdisciplinario. No hay soluciones genéricas para el abordaje. Deben analizarse individualmente los contextos, los lugares de responsabilidad y de representatividad y poder de las partes.
  • Construcción de acciones colectivas, que tiendan a fortalecer relaciones democráticas  y vínculos que no reproduzcan prácticas violentas. Es una tarea transversal a toda la organización política, ya que la salida punitiva no puede ser la solución ante un problema de desigualdad estructural.
  • No discriminación: Se entiende que la aplicación del presente protocolo debe abordar la violencia hacia las mujeres y otras identidades y orientaciones de las disidencias sexuales, promoviendo la igualdad y no discriminación basada en la orientación sexual y/o identidad de género de las víctimas.
  • Celeridad en el proceso a fin de dar una respuesta oportuna.
  • Garantía del principio de defensa del denunciado.

 

 

PAUTAS Y ESTRATEGIAS PARA EL ABORDAJE.

Además, de los principios esbozados anteriormente, se presentan una serie de pautas y estrategias orientadoras para el abordaje adecuado de las denuncias de violencia de género, que de ningún modo impide que se adopten otras, en la medida que se enmarquen y cumplan con la perspectiva de género, las pautas y los principios establecidos en el presente protocolo.

 

PAUTAS.

– Escucha activa y acompañamiento de la persona denunciante: Es fundamental que quienes intervienen en el proceso de abordaje puedan desempeñar un escucha activa, y puedan establecer una relación de cercanía y confianza con quien denuncia.

– Evitar comparaciones, juzgamientos, intromisiones en aspectos que resulten irrelevantes para el conocimiento de los hechos y el abordaje del caso.

– Orientar en el ejercicio de sus derechos a la persona vulnerada: Es deber de la Comisión Provincial de Ética informar sobre las acciones que puede realizar de acuerdo a la gravedad del caso, y poner en conocimiento las medidas de protección que pueden adoptarse.

– Evitar la circulación de la información de manera informal: la seriedad en el abordaje del caso requiere evitar los canales informales, que pueden producir malos entendidos, categorizaciones o contenidos falsos que obstaculicen el proceso y rompan el marco de confianza establecido tanto con la persona que denuncia como con la persona denunciada.

 – Garantizar los apoyos necesarios en caso de tratarse de una persona con discapacidad que así lo requiera para facilitar la denuncia.

 

 

ESTRATEGIAS.

Medidas de protección Integral: Es fundamental que se adopten medidas de protección emocional, psíquica y material para resguardar y/o reparar a la denunciante. Éstas medidas pueden ser, a modo de ejemplo, el acompañamiento o la provisión de asistencia médica, terapéutica o psicológica, de recursos materiales o económicos, asistencia jurídica en caso de configurar un hecho susceptible de ser calificado como delito.

-En el caso que denunciado y denunciante compartan el mismo espacio de militancia y/o lugar de trabajo, resulta menester desplazar de ese lugar al denunciado, evitando que la denunciante pierda sus ámbitos de inserción político partidaria y/o laboral.

-Separación de determinados espacios de militancia de la persona denunciada, modificación de sus tareas o roles sin perjuicio de las sanciones que pueda determinar la Comisión Provincial de Ética.

-Interceder para generar espacios de concientización, visibilización, y asimilación de hechos que pueden configurar violencia de género en el espacio político partidario en donde se hayan producido los hechos.

– Incorporar asistencia y tratamiento profesional al agresor para su reflexión y evitar nuevos hechos.

 

PERSONAS COMPRENDIDAS  

Este protocolo se aplicará cuando el agresor sea afiliado o simpatizante del Partido Socialista, conforme las categorías establecidas por la Carta Orgánica Provincial de nuestro Partido.

Asimismo el protocolo alcanzará a miembros de organizaciones programáticas vinculadas al Partido Socialista, candidatos a cualquier cargo electivo por el Partido Socialista, personas vinculadas a la organización partidaria mediante cargo político, relación de trabajo, sea en relación de dependencia o bajo cualquier otra forma.

La falta de inscripción en el registro de simpatizantes aludido en el artículo 13 de la Carta Orgánica, o la inexistencia del mismo, no obsta a la aplicación del presente protocolo.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

El protocolo rige cuando el agresor y/o la persona que sufre el/los acto/s de violencia se encuentren referenciados/as con la Federación Santa Fe del Partido Socialista, sin perjuicio del lugar donde acaecen los hechos denunciados o los medios empleados.

SITUACIONES

El protocolo se aplicará a aquellas conductas que se encuentren comprendidas en el artículo 4 y concordantes de la ley 26.485, situaciones de abuso comprendidas en el Código Penal, acoso aun cuando no esté tipificado como delito y hechos con connotaciones sexistas, encontrándose comprendidos los casos de violencia física, psicológica, sexual, económica y patrimonial simbólica, e incorporando a estos la violencia política.

 

PROCEDIMIENTO

Legitimación activa.

Está legitimada para realizar una consulta o denuncia cualquier mujer y/o identidad disidente que sufra uno o más hechos de violencia.

Denuncia y abordaje

La persona afectada podrá realizar su consulta o denuncia en forma escrita o verbal ante el Equipo Interdisciplinario de Primera Escucha en -adelante EIPE-

El EIPE será el órgano encargado de tomar contacto con la situación, para ello se habilitarán los canales necesarios para que toda mujer y/o identidad disidente pueda manifestarse: mails y teléfonos oficiales. Dichos contactos serán publicados en la página web oficial y en todos los espacios de formación política partidaria en diferentes formatos para garantizar su accesibilidad. Atendiendo a la pertinencia de la situación el EIPE deberá tomar contacto de manera personal con la víctima en cuestión a los fines de brindarle la contención y orientación necesarias.

Asimismo, el EIPE propondrá una instancia de escucha a la persona señalada como autor de la o las violencias de género en cuestión.

            Trámite

Sobre todo lo actuado, sea electrónica o personalmente, se llevará registro escrito. Luego de la primera intervención, el EIPE, de acuerdo al contexto, la evaluación de pertinencia realizada y la manifestación de voluntad de la consultante, podrá optar por:

1)  Archivar el trámite en caso de no pertinencia de la situación;

2)  Hacer un seguimiento y asesorar sobre lo que fuera el motivo de la consulta;

3)  Acompañar la denuncia que decida realizar la consultante.

4) Garantizar en un término de 10 días corridos con posterioridad al desplazamiento del denunciado, la presencia del mismo ante el EIPE a fin de realizar el descargo correspondiente. En caso de inasistencia, el procedimiento continuará conforme lo establecido para el dictamen.

El EIPE deberá asimismo remitir un informe de lo actuado ante la Comisión Provincial de Ética.

Dicha comunicación deberá hacerse de modo escrito y por sistema de doble sobre: uno, que relate los hechos y acciones sin revelar la identidad de las partes, y otro cuyo contenido sea la identidad de las mismas.

 

Conformación del equipo Interdisciplinario de Primera Escucha

El EIPE será designado mediante resolución de la junta Ejecutiva Provincial y deberá ser conformado por tres integrantes titulares y dos suplentes. Integrarán el EIPE personas afiliadas o simpatizantes, de las cuales al menos una deberá ser de profesión abogada y otra de profesión psicóloga y que acrediten experiencia y formación relativas a los derechos humanos con perspectiva de género y diversidad sexual, y al menos dos años de vínculo con el partido. También se podrá convocar a personas ajenas al partido de trayectoria en la temática, a solicitud de la persona denunciante o de las personas integrantes del EIPE. Los miembros de la junta no podrán integrar el EIPE durante sus mandatos.

 

Intervención de la Comisión Provincial de Ética.

En un plazo no mayor a 10 días corridos desde la recepción del informe elaborado por el EIPE, debe evaluar las actuaciones remitidas y, con el debido resguardo de la intimidad de la víctima, dictar una Resolución con las sanciones disciplinarias, acciones y estrategias a llevar a cabo, excepto que por los tiempos y procesos internos de la persona que denuncia sea necesario desestimar dicho plazo.

En caso que el denunciado/a sea:

  1. Integrante de la Junta Provincial
  2. Legislador/a provincial
  3. Afiliado/a con cargo designado por Congresos del Partido por voto general,

se aplicará la excepción del artículo 52 de la Carta Orgánica Provincial (exclusividad disciplinaria). En estos casos el informe del EIPE se remitirá directamente a la Junta Provincial.

22 de Agosto de 1994: Sancionan reforma de la Constitución Nacional

Se firmó en Olivos, Buenos Aires, aprobando definitivamente los cambios a la carta magna con una amplia reforma de un total de 43 artículos, se postularon los derechos de solidaridad y de los pueblos, también llamados derechos de tercera y cuarta generación, varias características de los organismos del gobierno, entre otras modificaciones.

La reforma de la Constitución de la Nación Argentina de 1994 es una importante modificación realizada al texto constitucional. Modernizó la misma y definió el texto constitucional, sobre cuya legitimidad plena no existía consenso.

Entre otros cambios, introdujo los derechos de tercera y cuarta generación, normas para defensa de la democracia y la constitucionalidad, las características de los órganos de gobierno, y nuevos órganos de control.

La Convención Constituyente se celebró en las ciudades de Santa Fe (sede tradicional de las convenciones constituyentes) y de Parana (primera capital de la Confederación)

La convención comenzó el mismísimo 25 de mayo de ese año 1994, donde actuaron 305 constituyentes, tres de los cuales eran Socialistas: Guillermo Estevez Boero, Norberto La Porta y Alfredo Bravo.

 

17 de agosto de 1907: primera Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas

La primera Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas tuvo lugaren Stuttgart, Alemania, el 17 de agosto de 1907, a la cual asistieron cincuenta y ocho participantes de Europa, India y Japón. En esta conferencia se decidió establecer una secretaría internacional de la mujer y la persona encargada sería Clara Zetkin de Alemania. La Conferencia adoptó una resolución sobre el derecho del voto de la mujer, el cual se convirtió en el punto de partida de una lucha incesante por los derechos políticos de la mujer. En ese entonces, solo las mujeres en Nueva Zelanda y en Finlandia tenían derecho al voto.

 

En la segunda conferencia el cual se realizó en Copenhague, Dinamarca en 1910, se adoptó una resolución por la cual se señalaba un día al año como Día Internacional de la Mujer, y este sería un día para hacer campaña por el derecho de la mujer al voto y por la emancipación política de la mujer. La conferencia también adoptó una resolución sobre la paz.

En 1912, la Internacional Socialista celebró una conferencia extraordinaria, en Basilea, Suiza, para observar la situación con respecto a la paz y se prometió hacer campaña para poner fin a la guerra de los Balkanes. En esta conferencia Clara Zetkin dio un discurso que recibió muchos aplausos:

“Mujeres socialistas de todos los países, en unión inseparable con la Internacional Socialista, combatan contra la guerra. La guerra moderna significa destrucción masiva y matanza masiva. Pero la guerra sólo es la extensión de la matanza masiva que el capitalismo desata cada hora de cada día contra los proletarios. Año tras año, cientos de miles de víctimas caen en el campo de batalla laboral de las naciones capitalistas desarrolladas, muchas más victimas que en cualquier guerra. Entre esas víctimas, las mujeres son un número cada vez mayor. La guerra es sólo la explotación masiva más alocada por medio del capitalismo. Son los hijos de los proletarios quienes deben enfrentarse, matarse entre sí. Las mujeres y las madres deploran ese crimen y no sólo porque mutila los cuerpos de sus propios familiares, sino también porque destruye las almas. La guerra amenaza con todo los que las madres enseñan a sus hijos sobre la solidaridad y la comunidad internacional. Las mujeres pueden instilar en sus hijos profundos sentimientos contra la guerra, pero esto no significa que las mujeres no quieran hacer sacrificios. Ellas saben que es necesario luchar y morir en la lucha por la libertad. La lucha contra la guerra, y la lucha por la libertad, no pueden librarse sin las mujeres”.

Después de la primera guerra mundial en 1926 el movimiento de mujeres fue reestructurado con el nombre de Comité Internacional de Mujeres Socialistas y Edith Kemmis se hizo cargo de la secretaría en Zurich, Suiza.

En 1928 Martha Tausk, miembro del Parlamento en Styria, Austria, pasó a ocupar el puesto de secretaria y lo retuvo hasta 1934. En ese entonces, muchos socialistas austriacos se vieron perseguidos lo cual hizo que muchos debieran exiliarse. Un año más tarde, la secretaría se trasladó a Bruselas, Bélgica y Alice Pels fue la secretaria hasta 1940.

Los temas debatidos en las conferencias realizadas durante el período entre las dos guerras mundiales fueron: ‘La mujer y la movilización’, ‘La mujer y el fascismo’ y la ‘Crisis económica’. La segunda guerra mundial hizo imposible el trabajo del Comité Internacional de Mujeres Socialistas. Una vez más el trabajo de la organización se detuvo. En marzo de 1941, Mary Sutherland y las Mujeres Laboristas Británicas organizaron un Día Internacional de la Mujer en el cual compañeras de países bajo regímenes fascistas pronunciaron discursos en sus lenguas nativas. Esta fue la última reunión internacional de mujeres durante cierto tiempo.

En 1955, después de una serie de conferencias internacionales de mujeres en las cuales se exigió la renovación del movimiento, la organización se fundó de nuevo con el nombre de Consejo Internacional de Mujeres Socialdemócratas y se traslado a Londres, Reino Unido. En 1978, se cambió el nombre de la organización por el actual, Internacional Socialista de Mujeres.

  Clara Zetkin (izq.) y Rosa de Luxemburgo

 

10 de agosto de 1878, nace Alfredo Palacios

Alfredo Palacios nació en Buenos Aires en 1878. Fue uno de los políticos con mayor influencia en la Argentina del siglo XX junto a Juan Domingo Perón e Hipólito Yrigoyen.

Hijo de padres uruguayos, se educó en la fe cristiana, que luego de algunas desilusiones abandonó. El ambiente de la época, las obras de los grandes teóricos del socialismo como Karl Marx y Friedrich Engels y su percepción de lo argentino y latinoamericano serán los basamentos de su formación y visión de la política que lo guiará toda su vida y accionar.
Recibido de abogado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, esboza una tesís denominada «La Miseria» la cual es rechazada por los hombres de la época: la misma debió ser reemplazada por una tesís sobre quiebras de empresas. En su chapa de abogado establecía: «Dr. Alfredo Lorenzo Palacios atiende gratis a los pobres».
Su figuración en el socialismo se da por los discursos en mitines en los que intervenía y después de varias idas y venidas se afilia al Partido Socialista en el Centro de La Plata.

Se incorporó al Partido Socialista creado por Juan B. Justo en 1896. Triunfó en las elecciones para diputados nacionales del 13 de marzo de 1904, por el distrito de La Boca, reconociéndose como el primer legislador socialista de América. Fue autor de gran parte de la legislación laboral argentina y del libro El Nuevo Derecho. Inspiró la Reforma Universitaria de 1918 y fue designado por el Congreso de Estudiantes Latinoamericanos como Maestro de América.

Para las elecciones que se harían en el año 1904, un grupo de inmigrantes italianos del barrio de La Boca llegan al despacho de abogado del Dr. Palacios y le ofrecen la candidatura a Diputado Nacional por el Partido Socialista por la circunscripción 4º. La campaña fue febril, casa por casa, conventillo por conventillo: Palacios se detenía en los patios y daba sus discursos en castellano e italiano y un interpréte lo traducía al xeneise (genovés). El 13 de marzo de 1904, ante una elección en donde dominaba en el resto de la ciudad un clima de fraude de los partidos del régimen, Alfredo Palacios se alzaba con 830 votos que a viva voz no se dejaban sobornar por los políticos de la oligarquía y triunfaba.

Fundador del Nuevo Derecho, el derecho de los trabajadores, Alfredo Palacios arranca de esa oligarquía varias leyes sociales entre ellas la de sábado inglés, descanso dominical, aumentos de sueldos, que el pago de sueldos se haga en moneda y no en vales, ley de accidente laboral, ley del trabajo femenino, ley de la silla, estatuto del docente y muchas otras leyes que en distintos períodos fue presentando y logrando que se sancionen.

Su tarea, ya sea como diputado o senador siempre estuvo orientada a los trabajadores, las mujeres, los niños, los ancianos y los jóvenes. También adhirió al movimiento de la Reforma Universitaria que estalló en la ciudad de Córdoba el 15 de agosto de 1918.

Abogado, político, profesor universitario, en cualquiera de estos roles siempre defendió con la misma convicción y vehemencia los valores de la igualdad, la libertad y la solidaridad social. Su visión nacionalista del socialismo le valió muchas veces el reconocimiento de que fue él quien introduce el debate de la nacionalidad y de una visión nacional dentro de su partido. Fue quien pregonó que en las marchas el Partido Socialista marche con banderas rojas pero también con banderas argentinas.

Entre sus obras más importantes se encuentran El nuevo derecho, Esteban Echeverría: albacea del pensamiento de Mayo, La miseria, El dolor argentino y cientos de conferencias y escritos varios. Fue el primer diputado socialista que lleva al seno del congreso la temática de la mujer y el voto femenino por el que venían luchando feministas como Alicia Moreau de Justo, Elvira Rawson Dellepiane, Carolina Muzzili, Fenia Cherkoff y otras.

Alfredo Lorenzo Palacios nunca pudo concluir un mandato ya sea por los golpes de estado o por otras circunstancias como la clausura del Congreso por parte del presidente José Figueroa Alcorta en 1908, diez días antes de finalizar su mandato. En el año 1915, por renuncia de este a la banca de diputado luego de ser expulsado del Partido Socialista por batirse a duelo (cosa que estaba prohíbida en sus estatutos). En el año 1928 volvería al Partido Socialista para luego ser elegido senador nacional en 1931. Fue elegido nuevamente en 1935, pero su mandato es interrumpido por el golpe de estado del 4 de junio de 1943 que derrocó al Presidente Ramón Castillo. Fue Embajador Argentino en el Uruguay por la dictadura militar que derribó al gobierno de Juan Domingo Perón. Su nuevo mandato de senador nacional es interrumpido por el golpe de estado de 1962 que derroca al Presidente Arturo Frondizi. Por último su mandato de diputado nacional también es interrumpido por su fallecimiento, el mandato fue acortado pero pese a ello 10 días antes de cumplir el mismo falleció el 30 de abril de 1965.

Fue profesor de la Universidad de Buenos Aires y rector de la Universidad Nacional de La Plata, fundador de la materia de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Facultad de Ciencias Económicas de la cual el era su titular de cátedra.

Fue Convencional Constituyente en los años 1956 y 1957 e impulsor del Art. 14 Bis. También fue candidato presidencial en el año 1958 con la fórmula Alfredo Palacios – Carlos Sánchez Viamonte. Por aquel entonces la Revolución Cubana era el ideal de muchos sectores y el socialismo argentino la vio con suma simpatía, a tal punto que el lema de la campaña presidencial era «en Cuba los barbudos, en Argentina los bigotudos…vote vote vote vótelo a bigote». Luego, cuando la Revolución Cubana se adhiere al bloque soviético, Palacios critica esta decisión por que siempre concibió incompatible la realización del socialismo sin libertad.

Su austeridad le valió una vida de grandes privaciones en sus últimos años y falleció en absoluta pobreza. Su casa, ubicada en la calle Charcas 4741 (en Buenos Aires), estuvo a punto de ser rematada varias veces y solo por la intervención de amigos pudo ser salvada. Hoy funciona allí la Fundación Alfredo Lorenzo Palacios, la que conserva algunos de sus muebles y su enorme biblioteca.

Sus restos descansan en el cementerio de la Recoleta.