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Republicanismo, populismo y socialismo
Cuadernos de Formación Política. Cuaderno 4
Cuadernos de Formación Política. Cuaderno 3
Cuadernos de Formación Política. Cuaderno 2
Cuadernos de Formación Política. Cuaderno 1
El socialismo y la deuda externa
Convención Nacional Constituyente. Derechos de los discapacitados
Derechos de los discapacitados
Proyecto de texto Constitucional
La Convención Nacional Constituyente:
SANCIONA:
Incorpórase un nuevo inciso al texto del artículo 67 de la Constitución Nacional, el que quedará redactado la siguiente forma:
Artículo 67 inciso…: Dictar en forma no exclusiva la legislación tendiente a garantizar la plena integración de las personas con discapacidad.
Guillermo E. Estévez Boero. – Alfredo P. Bravo – Norberto L. La Porta.
Convención Nacional Constituyente. Derechos de la juventud
Derechos de la juventud
Proyecto de texto Constitucional
La Convención Nacional Constituyente:
SANCIONA:
Incorpórase un nuevo inciso al artículo 67 de la Constitución Nacional, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 67, inciso…:Dictar en forma no exclusiva la legislación tendiente a garantizar a través del Estado la formación integral de los jóvenes en su capacitación profesional y goce del tiempo libre: como también la legislación destinada a promover y asegurar el derecho de la juventud a participar en la decisión y ejecución de las políticas nacionales.
Guillermo E. Estévez Boero. – Alfredo P. Bravo. – Norberto L. La Porta
Convención Nacional Constituyente. Derechos de la tercera edad
Derechos de la tercera edad
Proyecto de texto Constitucional
La Convención Nacional Constituyente:
SANCIONA:
Incorpórase un nuevo inciso al texto del artículo 67 de la Constitución Nacional, el que quedará redactado la siguiente forma:
Artículo 67 inciso…: Dictar en forma no exclusiva la legislación que asegure a los hombres y mujeres de la tercera edad una protección integral que revalorice su participación en la sociedad. En virtud de sus aportes pasados y de sus potencialidades creadoras presentes, merecen el respeto y la consideración de sus semejantes.
En caso de desamparo, una vivienda o establecimiento higiénico, alimentación sana y adecuada, vestimenta decorosa y su plena integración social los hombres y mujeres de la tercera edad tienen derecho a la protección y asistencia integral por cuenta y cargo de sus familiares.
Asegurar su asistencia médica integral, que les permita el pleno goce de su salud física y mental; que les garantice la inserción en el trabajo y la actividad creadora y les asegure la provisión de los medios para su recreación y esparcimiento.
Guillermo E. Estévez Boero. – Alfredo P. Bravo – Norberto L. La Porta.